Por favor envíe tanto los documentos que se indican para inquilino como de su fiador.
Persona moral – inquilino
· Cuestionario debidamente lleno Descarguelo aquí
· Acta constitutiva, modificaciones y poderes de la empresa
· Identificación Oficial del Representante Legal (el representante de la empresa deberá contar con poder
para actos de administración)
· Constancia de situación fiscal.
· Comprobante de domicilio actual (de fecha menor a 3 meses)
· Comprobantes de solvencia económica: Los ingresos de cada mes deben superar tres veces el monto de la renta. Estados de cuenta bancarios completos de los últimos 3 meses. (No crédito).
La edad del fiador no debe superar los 76 años.
Cuestionario debidamente requisitado. Descárguelo aquí.
Identificación Oficial: Credencial de Elector, Pasaporte o Cédula no mayor a 5 años de expedición, (En caso de que el inquilino sea extranjero deben de presentar documento migratorio vigente).
Comprobante de domicilio actual (de fecha menor a 3 meses).
Escritura completa del inmueble en garantía (ver nota 1).
Acta de matrimonio (en caso de estar casados por sociedad conyugal, presentar identificación del cónyuge. Si el matrimonio es por sociedad conyugal o se realizó en el extranjero, deberán firmar ambos cónyuges).
Copia de boleta predial inmueble en garantía del año en curso, el valor catastral debe superar 36 veces la renta mensual.
Tanto el fiador (como los copropietarios del inmueble de la escritura) deberán presentarse a la firma del contrato.
1. El inmueble en garantía debe ser urbano, estar libre de todo gravamen. La escritura debe entregarse completa, con folio legible del Registro Público de la Propiedad. Se aceptan inmuebles en la Ciudad de México y área conurbada del Estado de México. RG Asesores se reserva el derecho de aceptar o rechazar inmuebles que encuentren en zonas con presencia de organizaciones populares o de zonas que representen un riesgo para la integridad física de los abogados.
2. Para otros estados, sólo se aceptan propiedades en las zonas metropolitanas de las ciudades de: Toluca, Puebla, Cuernavaca, Pachuca, Guadalajara, Querétaro, Monterrey, Cancún y Merida. En este caso la investigación tendrá un costo adicional o se puede presentar un certificado de libertad de gravamen en original, con fecha de expedición no mayor a 90 días.
3. Cuando el fiador es persona física, no se aceptan poderes notariales por lo que en todos los casos los fiadores deberán acudir a la firma del contrato de arrendamiento.
4. El fiador no puede tener comprometido el inmueble en garantía, es decir, no puede ser fiador de varias personas.
5. En caso de testamentos, el inmueble ya deberá estar adjudicado al fiador ante el Registro Público de la Propiedad.
6. No se aceptan usufructos en los que aparezcan personas que sean menores de edad al momento de celebrar el arrendamiento.
7. No compre fiadores, no se aceptan.
8. El Inquilino no podrá ser su mismo fiador ni su cónyuge, tiene que ser un tercero.
9. El arrendatario, su fiador o fiadores, NO deberán de tener antecedentes de algún juicio, llámese arrendamiento o alguno otro ya que en caso de contar con mal antecedente, no serán candidatos al arrendamiento.
Para iniciar el tramite se requiere un anticipo de $1,500 que se debe pagar la siguiente cuenta:
Titular: ASESORES EN RIESGOS INMOBILIARIOS, S.C. | Banco: BBVA Bancomer
No. Cuenta 0150796255 | No. Clabe 01218 0001 5079 6255 8