DECIMOSEGUNDA.- COBERTURAS. Para la elaboración del presente contrato, y en su caso su renovación, prórroga, tratándose de contratos multianuales, EL ARRENDATARIO garantizará las obligaciones que se establecen en el presente contrato, a través de las siguientes Coberturas que contratará "EL ARRENDADOR" anualmente con la total aceptación por parte de "EL ARRENDATARIO", quién proporcionará para el efecto toda la documentación que se le requiera y llevará a cabo los trámites correspondientes:
RG Alpha (Jurídico).
Cobertura de Gastos Judiciales
El costo de estas Coberturas es anual, y estará a cargo de "EL ARRENDATARIO", quien deberá cubrirlo a la firma de este contrato. "EL ARRENDADOR" queda facultado a renovar las coberturas señalada en el párrafo anterior con la total aceptación de "EL ARRENDATARIO". La falta de pago de "EL ARRENDATARIO" de las primas de estas coberturas tomadas por "EL ARRENDADOR", una vez que transcurran cinco días hábiles posteriores a la notificación en lo que se le haga saber el importe que tiene que pagar sin que lo haya hecho, será causal de rescisión de contrato y faculta a EL ARRENDADOR a cubrir su costo, con cargo a "El ARRENDATARIO".