Ser mayor de edad, presentar identificación oficial o documento migratorio, comprobar ingresos formales que superen tres veces el importe de la renta y no tener demandas que puedan representar una mala señal.
No, no es posible y no existe alguna alternativa.
Sí es posible rentar, en este caso su cónyuge deberá presentar ingresos, llenar un cuestionario y firmar el contrato de arrendamiento como su obligado solidario. Tome en cuenta que si le han exigido un fiador con garantía inmobiliaria, también deberá presentar los documentos del fiador.
Sí es posible rentar, en este caso su madre, padre o tutor deberá presentar ingresos, llenar un cuestionario y firmar el contrato de arrendamiento como su obligado solidario. Tome en cuenta que si le han exigido un fiador con garantía inmobiliaria, también deberá presentar los documentos del fiador.
Plática con el propietario del inmueble, si tus ingresos son adecuados y tienes un buen historial, tal vez el acepte realizar un trámite sin fiador, ofrece dos o tres meses adicionales como depósito.
Es posible rentar un inmueble entre 2 o más personas, sin embargo sólo una quedará al frente del arrendamiento como arrendataria y los demás quedarán como obligados solidarios. Llenen un cuestionario de arrendatario (inquilino) y los demás llenen cuestionario de obligado solidario, además presenten identificaciones y comprobantes de ingresos.
Hace algunos años, los propietarios de inmueble solicitaban a los inquilinos tramitar y entregar una póliza de fianza, el problema con la fianza de arrendamiento radica en que exige muchos requisitos, es difícil de obtener y tiene un costo elevado. Se ha optado por la póliza jurídica porque exige menos requisitos, el trámite es más rápido y tiene un costo menor.